Vivienda habitual en Andalucía: ¿a qué deducciones fiscales tengo derecho?

Una vez más te queremos ofrecer un capítulo de esta serie de artículos en el que se están analizando las desgravaciones fiscales a las que tienes derecho por vivienda habitual en cada una de las Comunidades Autónomas españolas. En esta ocasión le ha tocado el turno a Andalucía.

Deducciones fiscales por vivienda habitual en Andalucía

¿A qué deducciones fiscales tengo derecho en Andalucía por vivienda habitual?

Andalucía es un caso interesantes. No cuenta con tantas opciones de desgravación fiscal como es el caso de la Comunidad Valenciana, pero sigue siendo en este aspecto más atractivo que otras como Madrid o Cataluña.

De esta manera, por vivienda habitual tendrás acceso a dos deducciones fiscales distintas:

  • Inversión en vivienda habitual por personas jóvenes.
  • Por cantidades invertidas en el alquiler de la vivienda habitual.

¿Las analizamos por separado?

Inversión en vivienda habitual por personas jóvenes

Se trata de una deducción que comprende el 3 % de las cantidades satisfechas en el período impositivo por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente.

Eso sí, la base máxima de la deducción es de 9040 euros.

¿Qué requisitos tienen que cumplirse para poder acceder a esta deducción por vivienda habitual?

Los siguientes:

  • El contribuyente tiene que ser menor de treinta y cinco años en la fecha de devengo del impuesto. Si se realiza una tributación conjunta, basta con que lo cumpla uno de los contribuyentes.
  • La suma de las bases imponibles generales y del ahorro:
    • No superen los 19.400 euros en tributación individual.
    • No supere los 24.000 euros en tributación conjunta.

Por cantidades invertidas en el alquiler de la vivienda habitual

En este caso, se trata de una deducción que abarca el 15 % de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de la residencia del contribuyente con una cuantía máxima de 500 euros anuales.

¿Qué requisitos tienen que cumplirse para poder acceder a esta desgravación fiscal por vivienda habitual?

  • El contribuyente tiene que ser menor de treinta y cinco años en la fecha de devengo del impuesto. Si se realiza una tributación conjunta, basta con que lo cumpla uno de los contribuyentes.
  • La suma de las bases imponibles generales y del ahorro:
    • No superen los 19.400 euros en tributación individual.
    • No supere los 24.000 euros en tributación conjunta.

Esta deducción es incompatible con la anterior.

Estas son las dos deducciones fiscales por vivienda habitual que existen en Andalucía. Recuerda que si quieres acogerte a ellas, tendrás que solicitarlo directamente cuando realices la liquidación de IRPF. En caso contrario no se te mostrará por defecto.

16 thoughts on “Vivienda habitual en Andalucía: ¿a qué deducciones fiscales tengo derecho?

  1. José Alberto dice:

    Buenas, mi duda es esta:
    Adquirimos, mi mujer y yo, nuestra vivienda habitual en abril de 2019, los 2 teníamos 34 años (menores de 35). He leído vuestro artículo sobre la deducción autonómica por adquisición de vivienda habitual para el IRPF 2019 (Andalucía). Mi pregunta es: ¿Puedo solicitar la deducción?, actualmente tenemos los 35 años, y además estábamos de alquiler hasta abril, por si pudiese pedir la deducción de esos meses de 2019 que estábamos de alquiler. Muchas gracias por su ayuda.

    1. Carmelo Ángel Beltrán Martínez dice:

      ¡Buenas, José Alberto!

      En principio sí que podríais. De todas formas, siempre es bueno acudir un día a la Agencia Tributaria con toda la información para que os lo confirmen y que no haya sustos.

      ¡Un saludo!

  2. Barbara dice:

    ¿Esta deducción se solicita todos los años mientras cumplas los requisitos o unicamente el año de adquision de la vivienda (formalizacion de la hipoteca)?

    1. Carmelo Ángel Beltrán Martínez dice:

      Hasta que cambien las normas, todos los años 🙂

  3. Dayana dice:

    Hola!! Si tengo 25 años y estoy de alquiler puedo solicitar la deducción por cantidades invertidas en el alquiler de la vivienda habitual para la renta de 2019?
    Es que he leido en algunos que solo se puede presentar si estaba de alquiler en el mismo piso antes del 1 de enero de 2015.

    Gracias!

    1. Carmelo Ángel Beltrán Martínez dice:

      Hasta que no acabe el coronavirus todo esto está paralizado, Dayana.

      1. Alejandro dice:

        Buenos días, mi duda es esta:

        Llevo de alquiler 4 años en el mismo sitio y soy menor de 35 años y en las declaraciones de la renta anteriores nunca había pedido ninguna deducción, ayer se inicio la renta 2019 y quería saber antes de presentarla si puedo solicitar esa deducción. Un saludo?

        1. Carmelo Ángel Beltrán Martínez dice:

          Buenos días, Alejandro: Hay muchos más condicionantes en juego. Yo te recomendaría que hablaras con un gestor. Él podrá ayudarte con tu caso concreto.

  4. Noelia dice:

    Buenas,
    ¿Qué cantidad es la que hay que poner para la deducción por vivienda habitual?
    ¿El importe de la mensualidad de la hipoteca sin intereses?
    Gracias.

    1. Carmelo Ángel Beltrán Martínez dice:

      Buenos días, Noelia. Depende de cada caso. Lo mejor es consultarlo con un gestor que mire tu caso personalizado.

  5. Cristina dice:

    Buenas tardes.
    Los gastos asociados a la compra de la vivienda habitual también son deducibles?
    Y los seguros asociados a la hipoteca?
    Gracias.

  6. Margarita dice:

    Buenas, saben si es solo para las viviendas adquiridas en 2019, o si la adquirí en 2017 puedo aplicarla (la parte que corresponde a este año claro)

  7. Juan dice:

    Hola, he comprado una vivienda de 2ª mano y tengo 33 años, me gustaria saber que deduciones podria tener para las proximas declaraciones de Renta. Gracias

  8. Salud dice:

    Hola, compré una vivienda en 2012 por lo que tengo la deducción por vivienda estatal. Llevo 8 años pudiendo deducirmelo porque es mi vivienda habitual. Ahora estoy pensando en mudarme y alquilar esta vivienda. Si es así, ¿perdería la deducción?

    Un saludo,

  9. Juan Francisco dice:

    En julio de 2020 compré mi vivienda habitual en Andalucía; se trata de una vivienda protegida con precio limitado. Reúno los requisitos para acogerme a la deducción autonómica por «inversión en vivienda habitual con el carácter de protegida». ¿Al comenzar a cumplimentar la declaración del IRPF debo incorporar los datos del préstamo hipotecario?. Si lo hago, una ventana emergente me recuerda que no tengo derecho a deducción si no he comprado la vivienda antes del 1 de enero de 2013. ¿Cómo debo proceder?

  10. carmen dice:

    Buenas,
    esta deducción por inversión en vivienda habitual para personas jóvenes se puede solicitar hasta que cumples los 35 años? Es decir, yo que tengo 28 años, podría estar deduciéndome ese 3% hasta que cumpliese los 35 años? O es solo para el año de la compra de la vivienda?
    Un saludo y gracias!!

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