El VAR se encuentra en boca de todos. Vayas a donde vayas siempre hay una persona que está comentando el cambio en el resultado que supuso su aplicación. Tenemos que atrevernos a decir que a España nos ha dado la vida. Estaríamos viendo los octavos de final desde casa si no fuera por el uso de esta innovadora tecnología. Y si no que se lo digan a Alemania. Seguro que estuvieron encantados en su aplicación con Corea del Sur.
En esta tesitura, nos ha dado por imaginar qué sería de la vida diaria si tuviéramos un VAR en cada esquina. Sí. Nos hemos dado cuenta de que hay momentos en los que ya está presente. Como en las Comunidades de Vecinos, donde su uso es bastante similar. Al fin y al cabo, busca saber qué ha pasado de verdad y poder tomar de nuevo una decisión.
Sin embargo, la colocación de estos sistemas no es libre, sino que precisa que se cumplan unos requisitos que marca la ley. Exactamente igual que sucede con los jueces de línea, que o están entrenados o su función es inerte. Al final el fútbol lo podemos encontrar en cualquier esquina y siempre está relacionado con la realidad.
Tres requisitos para la instalación del VAR en la comunidad de vecinos
Vale, no es exactamente el VAR. Pero, al fin y al cabo, esto no es más que la manera decimonónica de denominar a un sistema de vigilancia que actúe en pos de la seguridad del cumplimiento de las normas.
Todo esto se encuentra regulado en la Instrucción 1/2006 de la Agencia encargada de la Protección de Datos. Se trata de una norma que hace referencia al trato de imágenes en personas físicas, identificadas o identificables, cuyo fin sea de vigilancia a través de sistemas de cámaras y videocámaras de grabación.
En este sentido, para que la regulación de las Cámaras de Seguridad (y también del VAR) sea conforme a la legalidad, se tienen que cumplir estos tres requisitos:
- Tienen que ser útiles para el fin deseado. Es decir, al igual que el VAR funciona como mecanismo de revisión de todas esas jugadas polémicas de las que puede depender un campeonato, la vigilancia en una Comunidad de Vecinos tiene que garantizar un incremento de la seguridad.
- No tiene que existir una vía menos intrusiva para garantizar el resultado. Por ejemplo, si añadiendo otro árbitro hubiera sido suficiente, instalar el VAR no habría sido una opción. Sin embargo, como se demostró que no eran eficientes, se tuvo que optar por esta característica. Con la Comunidad de Vecinos nos encontramos en la misma tesitura. Si hubiera otro camino para garantizar la seguridad no sería pertinente la instalación de cámaras.
- Por último, la instalación de las cámaras tiene que resultar más beneficioso que perjudicial. A nadie le gusta ser constantemente grabado. Sin embargo, si con este sacrificio se consigue un buen resultado, se podrá tomar esta medida. No obstante, si la situación deviene peor, la norma indicaría que no podría aplicarse.
El VAR está de moda y lo podemos ver en cualquier parte. Las Comunidades de Vecinos lo han utilizado durante mucho tiempo y las normas no difieren de la realidad que hoy en día se muestra en el punto de fútbol.