Si renuevo el contrato de alquiler, ¿puedo desistir a los seis meses?

Se trata de una pregunta muy interesante. Las dudas alrededor del contrato de alquiler están a la orden del día. Ya sea porque se trata de una regulación cambiante o porque muchos propietarios acostumbran a saltarse la norma a la torera, la realidad es que todo inquilino alberga un mar de dudas al que hoy queremos darle respuesta.

desistimiento del contrato de alquiler

La pregunta que hoy se ha planteado es la siguiente. Si renuevo el contrato de alquiler, ¿puedo desistir a los seis meses?

Una duda interesante acerca del contrato de alquiler

Lo primero que te tenemos que decir es que te vamos a responder esta cuestión desde el punto de vista del inquilino.

Antes de entrar en materia te tenemos que decir una verdad. En un contrato de alquiler ninguna de las dos partes puede romper el contrato de manera unilateral. Únicamente por los supuestos previstos en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) se puede acometer esta decisión.

Respecto de la pregunta que nos ocupa, la respuesta es afirmativa, aunque probablemente tengas que hacer frente a una indemnización bastante elevada.

¿Cómo funciona la posibilidad de desistir por el inquilino en el contrato de alquiler?

Es una realidad que contiene menos misterios de los que parece a simple vista. El contrato de alquiler tiene unas normas bien fijadas al respecto. A pesar de que el período mínimo de acuerdo sea de un año, al inquilino se le abre la posibilidad de desistir del mismo pasados seis meses, previo pago de la indemnización correspondiente.

A pesar de que la Ley de Arrendamientos Urbanos no se pronuncia al respecto de manera específica, es fácil realizar una aplicación similar a lo previsto en la norma. Cuando se extiende un contrato de alquiler no se puede considerar que nos encontramos ante un nuevo acuerdo, pero dadas las circunstancias que ocupan esta realidad, sí que se puede extrapolar. Por lo menos eso es lo que dicen todos los expertos. En caso de duda, un juez decidirá.

En definitiva, que pasados seis meses de la extensión del contrato, el inquilino vuelve a tener la posibilidad de desistir del mismo.

¿Ha quedado alguna duda al respecto? Formúlala en los comentarios. Estaremos encantados de responderla.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *