7 cláusulas abusivas que debes reconocer en tu contrato de alquiler

Desde el poder se pueden cometer numerosas atrocidades. Es algo que podemos observar día tras día en los telediarios, ¿no es así? Cuando alguien tiene la sartén por el mango parece fácil caer en los atropellos; forma parte de la corruptible moral de la especie humana. Una especie en la que pueden reconocerse el denominado propietario de la vivienda y los entes que componen una agencia inmobiliaria. Unas personas que, a la hora de redactar un contrato de alquiler, pueden aprovecharse de su posición dominante para someter al inquilino a unas cláusulas abusivas. Unos apartados que no están contemplados por la ley y que enseguida llaman la atención, pues su naturaleza se desvirtúa para damnificar al débil. Y como arrendatario debes cuidarte de las disposiciones desmedidas que figuran en tu contrato. Que no te tomen el pelo.

Cláusulas abusivas en un contrato de alquiler

¿Quieres que te digamos cuáles son las cláusulas ilegales más comunes? Agarra tu lupa y lee la letra pequeña.

1. Permanencia obligatoria de un año

Primer consejo: mantente alerta siempre que veas en tu contrato la cláusula que estipula una permanencia obligatoria de un año. No te la creas, no la obedezcas. Según lo establecido por el artículo 11 de la LAU, desde el 6 de junio de 2013 el inquilino tiene todo el derecho del mundo a dar por finalizado su contrato después de los primeros seis meses. No es obligatorio permanecer 365 días en la vivienda. Ya no. Aunque deberás notificar al casero que dejas su casa con un mes de antelación. Por otro lado, también es cierto que si en dicho documento aparece una sección que penaliza la desestimación del contrato, como inquilino deberás abonar la suma acordada. Es decir: si rompes ese acuerdo antes de que se cumpla el semestre, tendrás que pagar el precio que convenga la ley.

2. Pagos de mensualidades por adelantado

Seguimos con la máxima que hemos mencionado al principio: que no te tomen por el pito del sereno. El propietario tampoco puede exigir el pago de varias mensualidades por adelantado. ¿Quién se cree que eres? ¿Un banco que regala créditos así como así? Volvemos a acogernos a lo que dicta la ley para manifestar nuestro desacuerdo con esa cláusula: el artículo 17.2 de la LAU expresa con claridad que no se puede solicitar más de una mensualidad de renta. Y punto. Pero es verdad que si has firmado un contrato donde se refleja un procedimiento de pago diferente, tendrás que apechugar.

3. Gastos de conservación de la casa

Que no te engañen: no debes pagar las reparaciones encargadas de mantener la vivienda en óptimas condiciones. La conservación de la casa corre a cargo del propietario, tal y como reza el artículo 21.1 de la LAU. Eso sí: tendrás que aflojar la mosca cuando hayas roto algo tú mismo. Si resulta que te da por montar una pachanga de fútbol en tu salón y acabas cargándote un cristal, no esperes a que lo pague el propietario. Una cosa es el puro deterioro fruto del paso del tiempo y otra son tus propios desastres; cabe distinguir la responsabilidad entre ambos.

4. Acceso del casero a la propiedad

Cuidado con esta letra pequeña, que suele provocar más de una situación incómoda. El casero no puede acceder a la vivienda que acabas de alquilar como si viviera allí contigo. Por mucho que la casa sea suya y de que tenga las llaves: lo tiene terminantemente prohibido. Si desea presentarse en tu vivienda debería avisarte de antemano. De lo contrario, podría aparecer en medio de una cena que estés celebrado con amigos y destrozarte la velada. ¿Te gustaría eso? Entonces déjale bien claro lo que dice el artículo 18.2 de la Constitución Española, el mismo que habla sobre la inviolabilidad del domicilio.

5. Denegación de las prórrogas obligatorias

Uno de los temas más escabrosos que existe en medio del embrollo del alquiler es el que hace referencia a las prórrogas. Lo que dice la nueva ley es lo siguiente: si la duración de tu contrato es inferior a tres años, cuando llegue la fecha de su vencimiento éste se irá prorrogando de manera anual hasta sumar tres. ¿Bien de momento? Genial. Porque lo que ocurre después también tiene miga. Cuando se llega al tercer año de prórrogas obligatorias, si el inquilino y el arrendador no se pronuncian al respecto, el contrato se alargará de forma tácita durante 365 días más, formando un total de cuatro años. Así que ya puedes memorizar lo siguiente: no se te pueden negar las prórrogas obligatorias. ¿Y qué pasa si el propietario, de repente, quiere que abandones la vivienda? Pues que tendrá que avisarte cuando finalice tu contrato con dos meses de antelación. Ni más ni menos.

6. No devolución de la fianza

Uno de los temas abusivos por excelencia se produce cuando el propietario decide no devolverte la fianza. Porque te sonará el término fianza, ¿verdad? El depósito que entregas antes de entrar a vivir en la casa. En definitiva: el seguro que te pide el propietario por si no cumples con lo que habréis formalizado en el contrato. O por si machacas la vivienda hasta el punto de dejarla en un estado lamentable. La cuestión es que hay algunos caseros que tergiversan la verdad para no retornar dicho depósito cuando te mudas a otro sitio, alegando todo tipo de mentiras con tal que quedarse tu dinero. ¿Aceptarías nuestro humilde consejo para evitar ese lance? Realiza un inventario sobre todo lo que hay en la casa nada más pisarla.

7. Revisión de la renta cuando no toca

Y decimos “cuando no toca” porque algunos se toman la libertad de subir el precio de la mensualidad en cualquier instante. Y eso no puede ser. O peor aún: eso no es legal. Para que no quepa duda: la revisión de la renta tan sólo puede llevarse a cabo cuando se cumple la vigencia anual del contrato. Es en ese momento cuando pueden cambiar las cifras que abonas cada mes.

¿Has aprendido bien la lección? Pues no te olvides de dedicar una lectura pormenorizada al contrato.

One thought on “7 cláusulas abusivas que debes reconocer en tu contrato de alquiler

  1. Mònica dice:

    Hola,

    Firmamos, por desconocimiento, un contracto que contenía una cláusula abusiva, concretamente una en que se niega la prórroga anual (permitida por ley) una vez el contrato termina y ambas partes, tanto el propietario como los inquilinos, quieren seguir alquilando el piso.
    Ahora la immobiliaria nos exige pagar mucho dinero para hacer un nuevo contrato, si es que queremos seguir en el piso.

    Qué podemos hacer? Podemos denunciar o si lo firmamos de seguro saldremos perdiendo?

    Gracias.

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