Viendo como se encuentra el panorama del inmueble hoy en día, estamos todos como para encima perder alguna propiedad, si es que la tenemos. Por ello, seguro que en algún momento, ya sea por A o por B, el tema de las ayudas de rehabilitación para la vivienda puede interesarte. ¿Quieres que te demos una guía rápida?
¿Quién puede acceder a la ayuda por rehabilitación de la vivienda habitual?
Esta ayuda se ofrece en dos situaciones: viviendas unifamiliares y pisos, en general.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a la ayuda por rehabilitación de la vivienda habitual?
- La antigüedad de la vivienda debe de ser anterior a 1996.
- La vivienda debe tratarse del domicilio actual.
- Para los edificios de viviendas, al menos el 70 % de la superficie debe estar sobre rasante. Además, al menos el 50 % de los pisos tienen que tratarse de vivienda habitual.
- El propietario deberá de presentar un Informe de Evaluación del Edificio o ITE.
¿Qué actuaciones son subvencionables?
- Todas las relacionadas con la eficiencia energética.
- Aplicación de mejoras en la protección del ruido.
¿Qué ayudas de rehabilitación para la vivienda habitual se pueden recabar?
- Para la vivienda unifamiliar:
- La cuantía máxima no puede superar los 12.000 euros.
- Tampoco podrá ser más alta del 40 % de la inversión.
- No obstante, si la vivienda está catalogada como Bien de Interés Cultural (BIC), la ayuda aumentará en 1.000 euros.
- El límite se amplía al 75 % de la inversión, siempre que el beneficiario tenga ingresos inferiores a tres veces el IPREM.
- Pisos:
- El límite de la solicitud se sitúa en 8.000 euros.
- Edificio de vivienda:
- El límite no podrá superar los 8.000 euros por vivienda y 80 metros cuadrados de local comercial.
- Además, no podrá superar el 40 % de la inversión.
- En caso de que se trate de un Bien de Interés Cultural, la ayuda aumentará 1.000 euros por vivienda y 10 metros cuadrados en locales de uso comercial.
- El límite aumenta al 75 % si no se supera tres veces el IPREM.
¿Cuáles son los plazos para realizar las obras pertinentes de rehabilitación para la vivienda?
* Para las viviendas unifamiliares no podrá exceder los doce meses de la concesión de la licencia municipal correspondiente.
* En el caso de los edificios, este plazo aumenta hasta los dieciséis meses.
¿Quién otorga las ayudas de rehabilitación para la vivienda habitual?
Se trata de una competencia de la Comunidad AUtónoma. Por tanto, serán ellas las que realicen las convocatorias públicas para la concesión de ayudas.