Arrendador: descubre qué impuestos pagas en función del tipo de alquiler

Parece fácil, pero no lo es. El mejor símil que se nos viene a la cabeza es ese instante en el que, con toda tu buena intención, tratas de abrir una bolsa del supermercado y, como persona torpe que eres, tardas tanto que el empleado te ofrece su ayuda porque estás perturbando el ritmo de toda la cola. Pues bien, saber qué impuestos tiene que pagar el arrendador es una situación similar. A simple vista no tiene ninguna complicación, pero en cuanto indagas un poco más allá, te das cuenta de que el mundo es oscuro y esconde horrores que se pueden saldar en forma de sanción de Hacienda.

Estos son los impuestos que tienes que pagar como arrendador

¿Qué impuestos tiene que pagar un arrendador?

Lo primero que hay que hacer es dejar una cosa clara. El arrendador va a tener que pagar impuestos. Sin embargo, en función del caso serán unos u otros. Y eso es, precisamente, lo que queremos explicarte en este artículo.

De esta manera, para saber cuánto tiene que pagar el propietario que alquila su vivienda, hemos diferenciado estos cuatro casos:

  • Alquiler de vivienda a un particular.
  • Alquiler de vivienda para empleados de una empresa.
  • Diferencias entre alquilar la primera o la segunda residencia.
  • Alquilar un local de negocios.

Ahora verás que, en cuanto te lo explican con paciencia, no es tan complicado.

Alquiler de vivienda a un particular

Si como arrendador alquilas tu vivienda a un particular, tendrás que hacer frente a:

  • IRPF, en forma de rendimiento de capital inmobiliario.
  • No tendrás que pagar IVA.

Alquiler de vivienda para empleados de una empresa

En esta tesitura, la situación es la siguiente:

  • IRPF. Igual que en el caso anterior.
  • IVA. Tendrás que pagar el 21 %. No obstante, puede haber una excepción. Es un caso confuso que se está llevando ahora a los tribunales. Pero, todo indica que si en el contrato de arrendamiento no aparece la empresa, sino el inquilino con nombres y apellidos, esta cantidad no habrá que afrontarla.

Diferencias entre alquilar una primera o segunda residencia

  • No existe ninguna diferencia con el primer caso. Habrá que tributar IRPF.

Alquilar un local de negocios

En este caso, tendrás que afrontar:

  • IVA. 21 %.
  • IRPF. Como en todos los demás.

Estos son los cuatro casos y preguntas frecuentes a las que se tiene que enfrentar cualquier arrendador que toma la decisión de poner su inmueble en alquiler. ¿Te ha quedado todo claro? En caso contrario, están a tu disposición los comentarios para que te podamos solventar todo tipo de dudas. Además, recuerda que en Globaliza tienes la posibilidad de publicar tu vivienda para encontrar al inquilino perfecto. Está en tu mano.

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